La COFEPRIS
No sé si se dieron cuenta, pero el año pasado la Comisión Federal para la Protección contra Riesgo Sanitarios (mejor conocida como COFEPRIS), realizó algunos cambios en la NOM 051-SCFI/SSA 1-2010, es decir la Norma Oficial Mexicana que rige las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas. Según la COFEPRIS, con estos cambios la intención era proteger al consumidor (además de aumentar la competitividad entre las empresas).¿Cómo nos protege el etiquetado? Declarando bien los ingredientes y el valor nutrimental, para que así podamos hacer una mejor decisión de lo que consumimos: teniendo "la información necesaria". En el nuevo etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, las empresas deben declarar la lista de ingredientes, el contenido nutrimental, etc. Pero agregaron algo importante, el etiquetado frontal, que es algo así:
En el etiquetado frontal (que antes no era obligatorio) el producto debe señalar cuánto aporta en total (para no caer en confusiones) en cuanto a: calorías totales, grasas (saturadas e insaturadas), sodio, azúcares y también las calorías por porción. Es decir, en este etiquetado puedes saber cuánto va a aportar todo el producto y no tienes que hacer el cálculo por porción como en la etiqueta nutrimental.
Como ven en la imagen de arriba, dentro de círculos rojos se señalan unos porcentajes. Se refieren al porcentaje que representan de una dieta de 2000 calorías al día. Es decir: 84 calorías es el 4% de una dieta de 2,000. ¿Por qué 2,000 calorías? Porque son las calorías que se calcula que el promedio de la población necesita. Aunque como sabemos, todos somos diferentes y necesitamos diferente aporte energético; así que este porcentaje sólo aplica para una dieta de 2,000 calorías, pero puede ser un porcentaje diferente para el requerimiento individual.
Por otro lado, se otorgará un distintivo nutrimental a productos que cumplan con cierto criterios. Por ejemplo, contener menos de 200 mg de sodio por cada 100 g o menos de 5 g de azúcares por cada 100 g etc. Pero los criterios cambian un poco para cada tipo de alimento, por lo que es un poco confuso ver el distintivo, pero en teoría es como una garantía de la COFEPRIS de que el producto es "saludable" o más saludable que otros. El distintivo se ve así:
El valor nutrimental
Los productos van a seguir reportando el valor nutrimental, que es esa etiqueta blanca que viene atrás y nos da mucha información. Espero que esta imagen les ayude a entenderla mejor:La verdad, es bastante fácil pero siempre es bueno aclarar y quitarnos de dudas. Así que la próxima vez ya saben de qué les está hablando este cuadrito blanco.
Terminología
Otro punto importante, es las leyendas o declaraciones que se usan en el producto y que a veces puede ser un tipo de publicidad engañosa. De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana de Bienes y servicios. Alimentos y Bebidas no alcohólicas con modificaciones en su composición. Especificaciones nutrimentales. Las leyendas aplican si:
- Producto sin grasa: su contenido de grasa es menor a 0,5 g/ porción.
- Producto bajo en grasa: su contenido de grasa es menor o igual a 3 g/porción. Cuando la porción sea menor o igual a 30 g su contenido de grasa debe ser menor o igual a 3g/50g de producto.
- Producto reducido en grasa, aquel cuyo contenido de grasa es al menos un 25% menor en relación al contenido de grasa del alimento original o de su similar.
- Producto bajo en grasa saturada: su contenido de grasa saturada es igual o menor a 1 g/porción y no más del 15% de energía proveniente de la grasa saturada. Cuando la porción sea igual o menor a 30 g, el contenido de grasa saturada debe ser menor o igual a 1 g/100 g de producto y menos del 10% de energía proveniente de la grasa saturada.
- Producto reducido en grasa saturada, aquel cuyo contenido de grasa saturada es al menos un 25% menor en relación al contenido de grasa saturada del producto original o de su similar.
- Producto sin colesterol: su contenido de colesterol es menor de 2 mg/porción y el de grasa saturada es menor o igual a 2 g/porción.
- Producto bajo en colesterol: su contenido de colesterol es menor o igual a 20 mg/porción. Para porciones menores o iguales a 30 g, el contenido debe ser menor o igual a 20 mg/50 g de producto.
- Producto sin calorías: su contenido de calorías debe ser menor de 5 calorías/porción.
- Producto bajo en calorías: su contenido debe ser menor o igual a 40 calorías/porción. Cuando la porción sea menor o igual a 30 g, su contenido de calorías debe ser menor o igual a 40 calorías/50 g de producto.
- Producto reducido en calorías: es aquel donde el contenido de calorías es al menos un 25% menor en relación al contenido de calorías del alimento original o de su similar.
- Producto sin azúcar: su contenido de azúcar es menor a 0,5 g/porción.
- Producto reducido en azúcar: el contenido de azúcar se ha reducido por lo menos en un 25% del contenido del alimento original o de su similar.
De todos modos siempre es importante leer la lista de ingredientes y muy recomendable. Por ejemplo, hay productos que pueden poner en su etiqueta "si azúcar" pero puede referirse a que no contiene sacarosa (azúcar de caña) pero sí otro tipo de azúcares como fructosa o jarabe de maíz. Éstos, tienen el mismo efecto metabólico que el azúcar. Pero la NOM le permite tener la leyenda "sin azúcar". Obvio, esto no pasa en todos los productos.
Buenas tardes. Me puedes informar que vigencia tiene para realizar el cambio de la leyenda de información nutrimental a Declaración Nutrimental?
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